Asociación de familias de personas
con discapacidad auditiva de Navarra
Eunate elkartea-Nafarroan entzuteko
urritasuna duten pertsonen senideak

a) Cuidar de la educación y en lo posible, de la rehabilitación de los niños y jóvenes con deficiencias auditivas, estimulando la revisión y modernización de los actuales sistemas.
b) Atender la iniciación y formación profesional, así como la ulterior incorporación de los jóvenes a puestos de trabajo donde desempeñen una función útil, digna y humanamente independiente.
c) Asesorar, orientar y ayudar con todos los medios posibles a aquellas familias en cuyo seno exista el problema de un familiar deficiente auditivo.
d) Estimular la formación de educadores especializados.
e) Promover la dignificación social de quienes sufren deficiencia auditiva, desterrando viejas terminologías y desarraigando la equivocada creencia de su incapacidad.
f) Impulsar proyectos encaminados a la prevención de problemas derivados de la deficiencia auditiva.
g) Desarrollar y divulgar todo tipo de actividades encaminadas a eliminar barreras de comunicación.
h) En cuanto sus medios económicos lo permitan y dentro de los límites que la Junta Directiva determine en la práctica, la Asociación desarrollará las actividades enumeradas con carácter benéfico en favor de las familias que carezcan de recursos.
i) Los apartados precedentes no tienen carácter limitativo, pudiendo la Asociación EUNATE desarrollar ampliamente su actuación en todo aquello que favorezca y estimule la rehabilitación de la persona sorda y su adaptación a la vida normal. Así mismo, se podrá actuar con personas con otras deficiencias asociadas a la sordera ( sordo-ciegos, sordo-síndrome de Down, etc.).
j) Ofrecer asistencia a los discapacitados auditivos y a sus familias, promoviendo oportunamente las reformas en el Ordenamiento Jurídico y las acciones de las Administraciones Públicas, conducentes al abordaje global en el tratamiento de la hipoacusia, y a que las prestaciones que se correspondan con la rehabilitación integral adecuada a la discapacidad auditiva que padezca cada persona, sean elevadas al rango de derecho subjetivo, y en calidad de tal pueda ser exigible su cobertura.
k) Promover el diagnostico y el tratamiento precoz de la sordera.
l) Representar y gestionar demandas de los discapacitados auditivos y de sus familias.
m) Recabar para la realización de estos fines toda la ayuda que
sea posible, utilizando cuantos recursos proporciona la legislación
vigente o puedan obtenerse de toda clase de organismos e instituciones.